Si tienes varias empresas, inmuebles en alquiler o una cartera de inversión, es probable que estés pagando más impuestos de los necesarios. Una estructura holding bien diseñada puede cambiar eso radicalmente.

La clave: cuando el beneficio de una filial sube a la holding, el coste fiscal efectivo es solo el 1,25 % en lugar del hasta 30 % que pagarías si lo cobraras tú directamente como persona física. El ahorro se reinvierte en el grupo casi íntegro.

¿Qué es una sociedad holding?

Una holding es una sociedad cabecera cuya función es poseer y gestionar participaciones en otras compañías. Concentra el control del grupo, centraliza la tesorería y dirige la estrategia común.

Su ventaja fiscal principal es la exención del 95 % sobre dividendos y plusvalías que recibe de sus filiales, recogida en el artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

La exención del 95 % (art. 21 LIS): cómo funciona

Sin holding, ese mismo dividendo en manos de una persona física tributaría a tipos de ahorro de hasta el 30 %. La diferencia es de casi 29 puntos porcentuales por cada euro repartido.

Para acceder a la exención del art. 21 LIS hay que cumplir tres requisitos: participación ≥ 5 % en la filial (o valor de adquisición > 20 M€), mantenimiento de la participación ≥ 1 año, y que la holding tenga medios materiales y personales reales de dirección y gestión.

Ejemplo: venta de una filial con y sin holding

Vendes una participación con 500.000 € de plusvalía:

La diferencia en capital disponible para crecer es de más de 143.000 € en una sola operación.

¿Qué es una sociedad patrimonial? ¿Y por qué hay que evitarla sin querer?

Una sociedad patrimonial es aquella en la que más del 50 % del activo no está afecto a actividad económica real: inmuebles vacíos, participaciones pasivas, tesorería ociosa o carteras financieras. Las consecuencias son negativas en cascada:

Una holding mal diseñada puede acabar siendo clasificada como sociedad patrimonial y perder todas sus ventajas. La diferencia la marcan los medios propios reales de dirección y la composición del activo.

Inmuebles en alquiler: cuándo hay actividad económica

Para que el arrendamiento compute como actividad económica —y no como sociedad patrimonial— la ley exige: al menos una persona con contrato laboral y a jornada completa gestionando los arrendamientos.

Los cuatro pilares de una buena estructura holding

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¿Cuándo tiene sentido crear una holding?

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